El derecho al olvido, también llamado derecho de supresión de datos se puede definir como el derecho que una persona posee para que se eliminen sus datos personales de una determinada empresa, siempre y cuando se cumplan unas determinadas circunstancias. Este derecho forma parte de los anteriores derechos ARCO, que hoy se denominan ARSULIPO, por lo que debe eliminarse toda información sin dilación.
Antes de que entrase en vigor el Reglamento General de Protección de Datos, el derecho al olvido se llamaba derecho de cancelación de datos personales. Lo único que ha cambiado respecto a ese antiguo derecho es el nombre, ya que el funcionamiento es el mismo. Otro aspecto que cabe destacar es que en España este derecho se nombra de dos maneras. Por ejemplo, el RGPD lo llama derecho de supresión y la LOPDGDD, derecho al olvido digital.
En el caso digital, el derecho al olvido consiste en la potestad que cada persona tiene para solicitar en Internet que se eliminen todos los enlaces que lleven a diferentes páginas webs en las que se traten sus datos personales. Los motivos pueden ser variados, ya que puede ser porque se haya hecho sin su consentimiento o porque la información es inexacta u obsoleta.
¿Qué encontramos en el RGPD y la LOPDGDD del derecho al olvido?
En el Reglamento General de Protección de Datos y en la Ley de Protección de Datos se enumeran las condiciones que deben darse para que un usuario solicite el derecho al olvido. También debes tener en cuenta que tu solicitud de eliminación de tus datos personales puede ser rechazada. Si se da este caso, obviamente tendrán que justificar por qué no se acepta la solicitud.
Entrando de lleno en lo que dice el RGPD y la LOPDGDD sobre el derecho al olvido, podemos ver que se podrá solicitar en los siguientes casos:
- Los datos personales ya no sean necesarios para los propósitos con los que fueron recopilados.
- El interesado retire su consentimiento para el tratamiento y no exista otra base legal que lo justifique.
- El interesado se oponga al tratamiento y no existan otros motivos legítimos para continuar con él.
- Los datos personales hayan sido tratados de manera ilícita.
- Los datos personales deban eliminarse para cumplir con una obligación legal establecida por la legislación de la UE o de los Estados miembros.
- Los datos personales se hayan obtenido cuando el interesado tenía menos de 14 años.
¿En qué artículos se regula el derecho al olvido?
En términos generales, el derecho al olvido quedó reseñado en el artículo 17 del RGPD. En el apartado 1 se establecen las circunstancias por las que se puede solicitar el derecho al olvido, como ya hemos visto. Por otro lado, en su apartado 2 habla de eliminar todos los enlaces a los datos personales cuando ya se hayan publicado. Es decir, que el responsable del tratamiento tiene que informar de la retirada de los datos a otros responsables que estén usando dichos datos.
Podemos destacar también el apartado 3 en el que se establecen los límites para el ejercicio de este derecho de supresión. También debemos detenernos en el derecho al olvido digital, para lo que habría que viajar hasta los artículos 93 y 94 de la LOPD. El 93 regula el derecho al olvido en Internet, señalando que cualquier persona tiene derecho a que eliminen de las SERP todo enlace que contenga información sobre su persona.
Por su lado, el artículo 94 se centra más en el derecho al olvido en redes sociales. Por ejemplo, este artículo indica que “toda persona tiene derecho a que sean suprimidos, a su simple solicitud, los datos personales que hubiese facilitado para su publicación por servicios de redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes”.
Además, también indica que toda persona puede pedir que se supriman sus datos personales que hayan sido facilitados por terceros por los servicios de redes sociales. Esto se da, sobre todo, en los casos en los que la información difundida es inadecuada, inexacta, no pertinente ni actualizada o excesiva. Por último, habrá que tener en cuenta los fines para los que se recogieron, el tiempo transcurrido y la naturaleza de la información, entre otras cuestiones.
¿Cómo aplicar el derecho al olvido en España?
El primer elemento que se debe tener en cuenta es que el usuario tiene que presentar una solicitud. Después, este derecho de olvido arranca en cuanto el responsable recibe dicha solicitud, teniendo un plazo máximo de un mes para responder a la solicitud. Pero ojo, dependiendo de la complejidad de la solicitud, este plazo puede ser ampliado otros dos meses.
El responsable, acepte o rechace la solicitud de derecho de supresión, debe siempre responder a esta. Aun así, si se da cualquiera de las circunstancias que se exponen en el apartado 1 del artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos, el responsable del tratamiento de los datos tiene la obligación de eliminar los datos personales del usuario, respondiendo afirmativamente a su solicitud.
Ahora, nos vamos a centrar en el derecho al olvido digital. En este caso, cualquier usuario lo puede solicitar a través del buscador. Si rellena y envía la solicitud, pero no la atiende, tan solo debe poner una denuncia en la Agenda Española de Protección de Datos. Incluso si la AEPD tampoco responde o lo hace negativamente, puede recurrir a los tribunales.
En la solicitud de derecho al olvido digital deben especificar claramente los enlaces sobre los que se quiere ejercer el derecho al olvido. Como es normal, también deben exponer las razones que lo justifican y, por último, deben demostrar su identidad.
Límites y excepciones del derecho al olvido
En el caso del derecho al olvido en Internet, debes saber que existen ciertos límites que debes tener en cuenta. ¿Qué queremos decir con la palabra “límites”? Que en estos casos, se seguirá manteniendo la información con los datos personales del usuario, sin ningún tipo de cambio o eliminación. Estos límites se dan:
- Cuando debe prevalecer la libertad de expresión e información.
- Cuando la información con los datos personales es de interés público,
- Cuando su objetivo es la investigación científica, histórica o estadística.
Cuando el derecho al olvido digital choca con alguna de estas casuísticas, se debe ponderar para decir cuál prevalece. De esta manera, es muy probable que esta decisión la acabe tomando un juez.
¿Y qué excepciones existen el derecho de supresión general? Estas excepciones vienen recogidas en el artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos. Al igual que con los límites del derecho digital, el derecho de supresión no podrá llevarse a cabo en los siguientes supuestos:
- Ejercer el derecho a la libertad de expresión y de información.
- Cumplir con una obligación legal del responsable del tratamiento o una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable.
- Por razones de interés público relacionadas con la salud pública (de acuerdo con el artículo 9.2, letras h) e i) y apartado 3).
- Con fines de archivo de interés público, investigación científica o histórica, o con fines estadísticos.
- Para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
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